kitdigital

Accede al KIT DIGITAL para Pymes y autónomos de la mano de Nextport

¿Quieres incorporar herramientas digitales a tu empresa o negocio?

Próximamente se va a publicar la primera de las tres convocatorias previstas del programa KIT DIGITAL. Esta primera convocatoria irá dirigida a PYMES y autónomos de entre 10 y 49 empleados y se podrán solicitar hasta 12.000€ para la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado y conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital de la empresa.

Se trata de subvenciones en CONCURRENCIA NO COMPETITIVA por lo que es importante ser ágil en la solicitud, ya que se tramitan por estricto orden de solicitud y hasta que se agote el presupuesto destinado a este tramo.

En Nextport disponemos de un equipo altamente cualificado que te ayudará en la solicitud y tramitación del Bono Digital, así como en todas las gestiones necesarias para asegurar el éxito del proyecto.

resumen kit digital

¿Cómo funciona el programa Kit Digital?

Fase 1 – Preparación: Los Agentes Digitalizadores se dan de alta en el programa a través del portal Acelerapyme, incorporando las soluciones digitales disponibles conforme a las Categorías de Soluciones de Digitalización y configurando así el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa. Los Agentes Digitalizadores Adheridos deberán desarrollar una página web del programa, en la que de manera transparente ofrezcan la referencia a su oferta de soluciones de digitalización para que estén accesibles a los beneficiarios.

Por su parte las empresas beneficiarias, deberán:

  1. Darse de alta en el programa, a través del portal Acelerapyme,
  2. Realizar el test de diagnóstico para evaluar su grado de madurez digital y,
  3. Solicitar el Bono Digital, incorporando, en su caso y como opción al Representante Voluntario, quién se encargará de realizar los trámites necesarios para la solicitud, la gestión y la justificación de las ayudas.

Fase 2 – Contratación: Conforme se vayan publicando las tres convocatorias previstas, el beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, en la contratación de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en un Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.

Fase 3 – Ejecución: Una vez obtenido el Bono Digital y firmado el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, el Agente Digitalizador Adherido procederá a la implantación de la solución, según las especificaciones que se hayan establecido en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa. La prestación de Soluciones de Digitalización por el Agente Digitalizador Adherido se realizará en dos etapas:

  1. La primera, con un plazo máximo de tres (3) meses. El hito que marca el inicio de esta fase es la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como el pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido, previa conformidad del beneficiario.
  2. La segunda, con un plazo de doce (12) meses, a computar desde la fecha de emisión de la factura en la fase anterior.

Fase 4 – Justificación: En el plazo máximo de tres (3) meses, desde la validación del Acuerdo (Fase 2), el Agente Digitalizador emitirá al beneficiario una única factura por el importe total de la solución de digitalización contratada y asociada al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. La factura reflejará la reducción en el importe a abonar por el beneficiario, con respecto a la cuantía de la subvención concedida asociada al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, cuyo derecho de cobro queda expresamente cedido al Agente Digitalizador Adherido en la formalización de dicho Acuerdo. El beneficiario deberá abonar los gastos no subvencionables (al menos IVA y Representante Voluntario) y cederá el derecho de cobro del importe subvencionable al agente digitalizador.

La justificación se realizará en 2 momentos; la primera a los tres (3) meses y la segunda a los doce (12) meses y deberá incorporar:

  1. Indicación expresa de la solución implantada y desarrollo. Acreditación del cumplimiento de requisitos mínimos.
  2. Factura emitida por el agente digitalizador con el numero de referencia del Acuerdo y documentación acreditativa del abono de esta.
  3. Conformidad del beneficiario.
  4. Declaración del beneficiario de no haber recibido ninguna otra subvención para el mismo coste.
  5. Pruebas pertinentes de publicidad del origen de la financiación.
  6. Acreditación de la solución implantada. Memoria de la solución.

Fase 5 – Pago: Tras la comprobación de las justificaciones en cada fase, se efectuará el abono al agente digitalizador de la subvención asociada al acuerdo de prestación ya que, previamente, la empresa beneficiaria habrá pagado al agente digitalizador el importe de la solución contratada menos el importe de la subvención.

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